SeLEY 19164 Art. 1 b) D.O. 02.09.1992 presumirá legalmente que concurren las circunstancias previstas en este número y en los números 4° y 5° precedentes, cualquiera que sea el daño que se ocasione al agresor, respecto de aquel que rechaza el escalamiento en los términos indicados en el número 1° del artículo 440 de
Elloes así, porque el inciso final del artículo 31 de la Ley N° 20.084, sobre responsabilidad penal adolescente, dispone que “si el hecho imputado al menor fuere alguno de aquellos señalados en el artículo 124 del Código Procesal Penal, Carabineros de Chile se limitará a citar al menor a la presencia del fiscal y lo dejará en libertad, previo señalamiento de
Art 20 Leyes penales especiales Las disposiciones del Título Preliminar y del Libro Primero de este Código, se aplicarán a los delitos y faltas que se hallen penados por leyes especiales. Las restantes disposiciones de este código se aplicarán como supletorias en lo no previsto expresamente por aquellas.
DelincuenciaOrganizada, de la Ley de Seguridad Nacional, del Código Nacional de Procedimientos Penales, del Código Fiscal de la Federación y del Código Penal Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación del ocho de noviembre de dos mil diecinueve. PROYECTO 1 (apartándose de consideraciones) (separándose de algunas
Comentarioal Artículo 130 del Código Penal. Document Citas 71 Citado por Relacionados. Vincent. Autor: Consuelo Romero Sieira: Cargo del Autor: Doctora en Derecho Juez Sustituto: Páginas: 724-739: Contenidos. 1. Remisión de la pena. 2. Indulto. Concepto; 2.1. Clases. 2.2. Órgano competente para su solicitud. 2.3. Control de la
Enel Código Penal. La inclusión de la amnistía entre las causas generales de extinción de la responsabilidad penal en el numeral 4º del artículo 130.1 del Código Penal tiene difícil
Artículo27. Son responsables criminalmente de los delitos los autores y los cómplices. Artículo 27 redactado por el número diecisiete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).Vigencia: 1 julio 2015.
1- Código Penal. Artículo 130.- Injuria El que ofende o ultraja a una persona con palabras, gestos o vías de hecho, será reprimido con prestación de servicio comunitario de diez a cuarenta jornadas o con sesenta a noventa días-multa. Supuesto de Hecho: COMPLEJO Nexo: Será Consecuencia: Reprimido con prestación de servicio
Es inconstitucional la remisión punitiva que contempla el artículo 130 del Código Penal colombiano cuando del abandono de hijo fruto de acceso carnal violento, (Artículo 128 y Artículo 130 Código Penal colombiano) es inconstitucional, vulneradora principalmente de los derechos fundamentales al debido proceso y a la igualdad.
art52 cp. El artículo 52 del Código Penal español hace referencia al establecimiento de una multa proporcional al daño causado, el valor del objeto del delito o el beneficio reportado por el mismo. La multa será impuesta y determinada por los jueces y tribunales en función de las circunstancias atenuantes, agravantes y la situación
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artículo 130 del código penal