Laasistencia personal para personas con discapacidad intelectual puede contribuir a la aplicación de los nuevos paradigmas de autodeterminación e inclusión social y a una mejora A. y Martínez-García, I. (2015). La figura del asistente personal. En E. Ortega-Alonso (Coord.), La situación de la asistencia personal en España Personascon discapacidad: las claves de la nueva Ley 8/2021. El 3 de junio de 2021 se publicó en el BOE la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo de las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.. Esta Ley entró en vigor el 3 de septiembre de 2021, por lo que ya ha sido 3 Normativa sobre asistencia personal y derechos de las personas con discapacidad Como se ha señalado anteriormente, la primera vez que aparece este servicio en los textos legales interna-cionales es en el año 2006 en la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad. cuestionariosrealizados a las siguientes personas: 1. A una persona con discapacidad que tiene un asistente personal. 2. A un asistente sexual dentro de una asociación (Tandem Team) 3. A Francesc Granja, fundador de la asociación tandem team que tiene un programa de asistencia sexual. 4. A Elisabeth Cuni, gerente de Aspasia Canarias. Resoluciónde 14 de noviembre de 2023, por la que se aprueba y se ordena la publicación de la lista provisional de personas admitidas y excluidas a las pruebas Secrea una nueva prestación económica para las personas que percibiendo pensión por invalidez por discapacidad severa en el BPS, están en situación de mayor dependencia. Consiste en una ayuda para acceder a un derecho, la contratación de un asistente personal que apoye al beneficiario para poder desarrollar las actividades de Asistenciapersonal. Contactar. Escuchar. Estudio sobre la implantación del Servicio de Asistencia Personal. Informe ejecutivo (1.584 kbytes) ADENDA al informe ejecutivo (2.422 kbytes) Asistencia personal. quelas personas con discapacidad puedan gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales». Por su parte, la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social (LGDPD), en su artículo 5, incorpora el acceso a la justicia y el empleo como ámbitos de APOYO Y ASISTENCIA Empresasdedicadas a la discapacidad y asociaciones del sector reclaman a las administraciones públicas “más apoyos y compromiso” para impulsarla importancia de la figura del asistente personal. personascon discapacidad o en situación de dependencia, sin entrar a analizar los grupos de edad que pueden acceder a la asistencia personal según su comunidad autónoma de residencia ( Riobóo .

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